Contractus

Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón

Recursos especiales en materia de contratación resueltos contra este órgano · 2017–2025

Recursos resueltos
10
Periodo 2017–2025
Tasa de estimación
40,0%
Intervalo 95 %: 16,8% – 68,7%
Media de todos los tribunales
26,1%
Mismo cálculo sobre el corpus completo
Media de su tribunal
22,5%
Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC)

Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón acumula 10 recursos especiales resueltos; 4 fueron estimados total o parcialmente (40,0%; intervalo de confianza del 95 %: 16,8% – 68,7%). La media del conjunto de tribunales es del 26,1%.

Recursos por año

  • 20173 · 66,7% estimados
  • 20183 · 0,0% estimados
  • 20223 · 66,7% estimados
  • 20251 · 0,0% estimados

Sentido del fallo

  • Desestimado5
  • Parcialmente estimado3
  • Estimado1
  • Inadmitido1

Materias más planteadas

  • Especificaciones técnicas2 · 50,0% estimados
  • Admisibilidad1 · 0,0% estimados
  • Capacidad de obrar1 · 0,0% estimados
  • Capacidad técnica1 · 100,0% estimados
  • División en lotes1 · 0,0% estimados
  • Formato de presentación1 · 0,0% estimados
  • Interpretación de pliegos1 · 0,0% estimados
  • Modificación del contrato1 · 100,0% estimados

Tribunales que resuelven

  • Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC)10 · media 22,5%

Tipos de contrato

  • Suministro6
  • Servicios4

Procedimientos de adjudicación

  • Abierto6

Explora estas resoluciones en Contractus. Lee cada resolución, su fundamentación y la doctrina del tribunal, con búsqueda y citas verificables.

Explorar resoluciones

Otros órganos del mismo tribunal

Cómo se calcula. Se cuentan las resoluciones con fecha en las que este órgano figura como órgano de contratación, agrupando las variantes de su nombre. La tasa de estimación suma las estimaciones totales y parciales; el intervalo es el de Wilson al 95 %. Estadística descriptiva elaborada a partir de resoluciones públicas de los tribunales administrativos de recursos contractuales. No constituye asesoramiento jurídico ni una valoración del órgano de contratación. Actualizado el 14 de octubre de 2026.